Se abre plazo en AEPEF para solicitar las ayudas del Programa Impulso 2026

La Asociación Española de Paraparesia Espástica Familiar Strümpell Lorrain, AEPEF, informa a las personas asociadas que ya ha sido publicada la convocatoria del Programa IMPULSO 2026


Como cada año, solicitamos a las familias interesadas en participar que formalicen su solicitud solicitando su inclusión en el programa mediante el envío de un correo electrónico a: oficina@aepef.org


¿Qué es el Programa IMPULSO?


El Programa Impulso es una ayuda concedida por Mutua Madrileña y gestionada por la Federación Española de Enfermedades Raras (FEDER), que establece las bases de participación para sus entidades asociadas, como es el caso de AEPEF.


Esta ayuda está destinada a familias en las que se convive un menor de edad o jóvenes con Paraparesia Espástica Familiar (PEF), con el objetivo de contribuir a cubrir gastos de rehabilitación y/o ayudas técnicas.


¿Cuáles son los requisitos de participación?


Para poder acceder al programa será necesario cumplir todos los siguientes requisitos:


  • Solicitar la participación enviando un correo electrónico a oficina@aepef.org, indicando el tipo de gasto a realizar (rehabilitación y/o ayuda técnica), del 21 de abril al 2 de mayo de 2026.
  • Estar al corriente del pago de las cuotas como asociado/a. 

Los padres, madres o tutores del menor deberán acreditar los gastos realizados en rehabilitación o la adquisición de ayudas técnicas mediante facturas emitidas entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2026.

El programa está dirigido principalmente a menores hasta 21 años.
Los casos de personas mayores de 21 años podrán ser valorados de forma excepcional, ya que el programa está enfocado prioritariamente a menores.

  • Las facturas deberán ser originales, no copias, y deberán corresponder exactamente al tipo de ayuda solicitada (fisioterapia, logopedia, psicología, etc.) o a la adquisición de ayudas técnicas (bastones, calzado ortopédico, sillas, etc.).
  • Las facturas deberán reflejar el nombre del proveedor del servicio o producto, así como su CIF. En el caso de servicios terapéuticos, deberán incluir las iniciales del menor atendido.
  • Las facturas deberán indicar claramente el lugar y la fecha de emisión.
  • La factura deberá estar emitida a nombre del padre, madre o tutor legal, incluyendo su correspondiente NIF.
  • Las facturas deberán incluir el IVA correspondiente. En caso de servicios exentos (rehabilitación, psicología, etc.), deberá figurar expresamente la leyenda: “EXENTOS DE IVA DE ACUERDO CON LA NORMATIVA LEY 37/1992, ARTÍCULO 20 – UNO – 3º”.

Al tratarse de un proyecto cofinanciado con FEDER, será necesario aceptar los derechos de imagen y la autorización para el tratamiento de datos personales, conforme a la normativa de protección de datos.

Se solicitará una fotografía relacionada con la rehabilitación o la ayuda técnica que necesita el menor o joven beneficiario.
No es necesario que aparezca el rostro; podrá usarse mascarilla, fotografías de espaldas o, si lo autorizan, se podrá pixelar la imagen.