Me concedieron una incapacidad permanente total, ¿puedo compatibilizarlo con un trabajo?

La incapacidad permanente total es compatible con cualquiera puesto de trabajo en la misma o en otra empresa sí bien este nuevo puesto de trabajo no podrá incluir aquellas funciones que dieron lugar a la incapacidad total.
 

Su deber, cada vez que inicie una nueva actividad laboral, es comunicarlo a la Seguridad Social mediante un escrito de compatibilidad y/o presentación del contrato laboral. En el caso de las IPT derivadas de enfermedad profesional será preciso solicitar autorización.


Se puede ampliar la información:

 Artículo 198.1 del Real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social.

Seguridad Social: Prestaciones / Pensiones de Trabajadores (seg-social.es)