La crisis de la vivienda: cuando la barrera económica se suma a la falta de accesibilidad

La crisis de la vivienda se ha convertido en una de las principales alarmas sociales del momento. La escasez de inmuebles disponibles, los precios desorbitados del alquiler y las compras inasumibles para muchas familias están dificultando la emancipación, especialmente entre la juventud que desea iniciar un proyecto de vida propio.

Esta realidad no es nueva para las personas con movilidad reducida. Para ellas, la dificultad es estructural y permanente. A la barrera económica se suma una segunda, igual o más limitante: la falta de viviendas accesibles y adaptadas.

“Existe el problema que afecta a toda la sociedad, que es la falta de oferta de viviendas, pero en el colectivo de las personas con discapacidad tienen un problema añadido, que es la falta de oferta de viviendas que sean accesibles”, denuncia el coordinador del área de Accesibilidad de COGAMI, Álvaro García.

El mercado inmobiliario sigue sin responder a las necesidades reales de este colectivo. Portales con escalones, ausencia de ascensor, viviendas con puertas estrechas, baños no adaptados o espacios que impiden una movilidad autónoma siguen formando parte de la realidad habitual de la oferta disponible.

A esta situación se añade otro obstáculo: la consideración social de la persona con discapacidad como perfil “vulnerable”, lo que genera en ocasiones reticencias por parte de propietarios y propietarias a la hora de alquilar. Incluso cuando la persona arrendataria propone asumir el coste de las adaptaciones necesarias, no siempre se le permite realizar las obras. Aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos (art. 24) reconoce el derecho a realizar obras de accesibilidad sin que el propietario pueda oponerse, existe un condicionante relevante: al finalizar el contrato, el arrendatario está obligado a devolver la vivienda a su estado original. Esto convierte cualquier adaptación en una inversión de alto riesgo, especialmente cuando los elementos instalados no son fácilmente desmontables.

Los datos son contundentes: solo el 0,6 % de los 9,8 millones de edificios de viviendas en España contemplan criterios de accesibilidad universal, a pesar de que en 2017 finalizó el plazo legal para adaptar las comunidades de propietarios según la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad. De los 2,5 millones de personas con movilidad reducida en España, alrededor de 100.000 no pueden salir nunca de sus casas, y más de 1,8 millones necesitan ayuda para hacerlo. Estos datos evidencian que la falta de accesibilidad no es una cuestión menor: limita derechos fundamentales como la libertad, la participación social y la igualdad de oportunidades.

“Vamos hacia una población cada vez más envejecida y seguimos teniendo un 80 % de edificios que carecen de ascensores”, apunta Álvaro García. Afirma que la solución a corto plazo no es posible, pero una de las posibles soluciones que aporta es: “ahora que estamos en una dinámica de construcción de vivienda pública, hay que garantizar que, además de contar con ascensores, incluyan medidas de accesibilidad, que sean viviendas adaptadas”.

En lo que respecta a las comunidades de propietarios, la Ley de Propiedad Horizontal (art. 10) establece que determinadas obras de accesibilidad son obligatorias y no requieren acuerdo previo de la junta, siempre que sean solicitadas por personas con discapacidad o mayores de 70 años y el coste repercutido no supere las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. A pesar de este reconocimiento legal, la realidad es que muchas comunidades no aplican esta obligación, y los mecanismos de inspección y sanción son insuficientes para garantizar su cumplimiento efectivo.

La situación es aún más compleja en el rural gallego. Galicia es mayoritariamente rural: la mayor parte de sus 313 municipios tienen menos de 10.000 habitantes, con miles de núcleos dispersos en los que los servicios y las infraestructuras no llegan con la misma intensidad. A esto se suman las limitaciones derivadas de la protección del patrimonio histórico-artístico y las restricciones en zonas de costa o dominio público hidráulico, que en la práctica casi nunca contemplan la accesibilidad como motivo de interés público. El Código Técnico de la Edificación solo exige criterios de accesibilidad universal en las nuevas construcciones, por lo que el parque residencial existente, especialmente el rural y el histórico, queda fuera de cualquier obligación de adaptación.

“Aunque las ayudas para mejorar la accesibilidad pueden cubrir hasta el 100 % del coste de las obras en el caso de personas con discapacidad, su concesión no siempre responde a las necesidades reales", apunta Álvaro García quien añade que "es fundamental que se otorguen con criterios económicos y sociales claros, priorizando las situaciones de mayor vulnerabilidad y la urgencia de las actuaciones, para garantizar que quienes no tienen recursos puedan acceder a estas mejoras y desarrollar una vida autónoma acorde a sus necesidades". 

Desde COGAMI reclamamos un compromiso firme de las administraciones públicas para hacer cumplir la normativa vigente e incorporar la accesibilidad como criterio prioritario en las políticas de vivienda. Es imprescindible garantizar que todas las nuevas construcciones sean accesibles, habilitar ayudas suficientes para adaptaciones, eliminar las trabas administrativas que impiden la adjudicación efectiva de viviendas protegidas accesibles y promover incentivos que favorezcan un parque inmobiliario inclusivo que llegue también al medio rural.

Garantizar viviendas accesibles no es un privilegio. Es una cuestión de derechos.

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